Los cambios en la nueva Ley Trans

El Gobierno de España aprueba el Anteproyecto de la Ley Trans, con la cual Irene Montero, Ministra de Igualdad, asegura será “un paso de gigante en los derechos LGTBI y particularmente los derechos de las personas trans”. Con esto, España se une a países como Argentina, Portugal, Malta y Dinamarca, entre otros.

A esta norma, impulsada por la Ministra de Igualdad y el Ministro de Justicia del Gobierno, Juan Carlos Campo, se le ha dado luz verde. Sin embargo, aún debe pasar primero por órganos consultivos, después volver al Gobierno y, por último, pasar al Congreso antes de su aprobación definitiva.

Con esta ley las medidas que se toman son:

Las personas transexuales no serán reconocidas como enfermas, lo cual queda ya indicado en la actualización del CIE-11 de la Organización Mundial de la Salud, ni tendrán que presentar un informe psiquiátrico o médico que acredite que están enfermas para ser reconocidas.

También se reconoce el derecho de las niñas y niños a ser escuchados no solo en los aspectos que se encuentran dentro de la Ley de Infancia, sino también en otros ámbitos.

Incluye varios derechos LGTBI de forma integral, es decir, presenta medidas para hacer frente a las discriminaciones que sufren en el empleo, en la salud y en la educación, entre otros campos. Las más importantes que menciona la Ministra de Igualdad son:

  • Las mujeres lesbianas, bisexuales, sin pareja y las personas trans con capacidad de gestar, tras 7 años, tendrán de nuevo derecho y acceso a las técnicas de reproducción humana asistida.
  • La filiación de los hijos/as de las mujeres lesbianas y bisexuales, aunque no estén casadas, Irene Montero señala “A partir de ahora a las mujeres lesbianas o bisexuales con hijos o hijas se les reconocerá a ambas como madres”.
  • Con independencia de que la persona haya dado su consentimiento, queda prohibido las terapias de conversión, aversión o contra condicionamiento destinado a modificar la orientación, identidad sexual o la expresión de género de las personas.
  • Legislan los derechos fundamentales de las personas intersexuales y establecen un régimen de infracciones y sanciones para asegurar su derecho a no sufrir mutilación alguna al nacer o el de no tener que ser identificado en un sexo que no tienen definido durante los primeros meses de vida.

Acorde a la página oficial del Gobierno de España, la Ley Trans agrega medidas que favorecen el acceso de las personas LGTBI al trabajo, sobre todo de las mujeres transexuales, y otras de igualdad en el ámbito laboral. Garantiza que la atención sanitaria a las personas trans se realizarán en función a los principios de no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado. Al mismo tiempo, el profesorado deberá presentar en su currículum conocimiento y formación sobre la diversidad sexual, de género y familiar.

Fuente: unsplash / Mary Saxaroz
¿Qué proceso hay que seguir para el cambio de sexo?

Destacar que ya no es necesario presentar un documento oficial de un psicólogo o un médico en el que se declare que estás enfermo para modificar su nombre y sexo en el DNI, ni para la hormonización.

Por tanto, las personas trans realizan su determinación de la identidad ante la persona encargada del Registro Civil, sin pruebas ni testigos, en una doble comparecencia.

Estas rellenarán un formulario en el que expondrá su disconformidad con el sexo mencionado en su DNI y la petición de cambio. A continuación, el mismo encargado del Registro Civil informará a la persona de las consecuencias legales que tendrá el dicho cambio, dando la posibilidad de rectificación.

Hablamos de una doble comparecencia ya que, pasados como máximo 3 meses, la persona debe presentarse de nuevo ante el encargo del Registro Civil y confirmar su solitud y la permanencia de su decisión de cambio de sexo. Durante el mes siguiente a esta segunda comparecencia, el encargado del Registro Civil dictará una solución.

Esta Ley reconoce que todas las personas mayores de 16 años podrán solicitar la rectificación del registro de su sexo por sí mismas ante Registro Civil. Las personas mayores de 14 y menores 16 años, acompañadas de sus representantes legales también podrán realizar el proceso. En el caso de que exista un desacuerdo entre los progenitores, la persona deberá presentarse con un defensor judicial.

En cuanto a los mayores de 12 años y menores de 14, el procedimiento será mediante Jurisdicción Voluntaria, es decir, “con intervención judicial para comprobar la madurez necesaria del menor y la estabilidad de su voluntad de rectificar registralmente la mención de su sexo” ha explicado el ministro de Justicia.